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En 2025, se aplicarán varios cambios importantes en la normativa fiscal que afectarán tanto a la obligación de declarar como a los impuestos que los contribuyentes deberán pagar. Entre las principales novedades se destacan las siguientes:

  1. Nuevo límite exento de declarar: Para las personas con más de un pagador, el umbral para no estar obligados a declarar se eleva de 1.500 a 2.500 euros. Esto significa que, si se tienen varios trabajos y los ingresos no superan los 22.000 euros anuales, no será necesario hacer la declaración si se perciben menos de 2.500 euros de los segundos pagadores y siguientes.
  2. Impuestos más altos para las inversiones: Las ganancias del ahorro verán un aumento en la tributación, especialmente en los tramos más altos. El tipo impositivo del 28% sube al 30% para las ganancias superiores a 300.000 euros. Los tramos quedan de la siguiente forma:
    • Hasta 6.000 euros: 19%
    • Entre 6.000 y 50.000 euros: 21%
    • Entre 50.000 y 200.000 euros: 23%
    • Entre 200.000 y 300.000 euros: 27%
    • Más de 300.000 euros: 30%
  3. Reducción para actividades artísticas: Los artistas que hayan tenido rendimientos excepcionales superiores al 130% de la media de los últimos tres años, sin superar los 150.000 euros, podrán beneficiarse de una reducción del 30% sobre esos ingresos.
  4. Prórroga de deducciones por eficiencia energética: Se extiende un año más la posibilidad de deducir obras que mejoren la eficiencia energética. Las deducciones varían dependiendo del tipo de mejora, con porcentajes que van del 20% al 60% sobre una base máxima establecida.
  5. Renovación de la deducción por vehículos eléctricos y puntos de recarga: Se mantiene la deducción del 15% por la compra de vehículos eléctricos y por la instalación de puntos de recarga, con límites establecidos en 20.000 y 4.000 euros, respectivamente.
  6. Exención de donaciones a trabajadores afectados por la DANA: Las donaciones de empresas a sus trabajadores para cubrir los gastos ocasionados por la DANA no estarán sujetas a tributación, por lo que no será necesario incluirlas en la declaración.
  7. Prórroga del sistema de módulos para autónomos: Los autónomos podrán seguir acogidos al régimen de módulos en 2025, siempre que su rendimiento neto no supere los 250.000 euros. Además, se mantendrán reducciones, como el 5% para los autónomos en este régimen y un 25% adicional para aquellos afectados por la DANA.

Estos cambios son fundamentales para los contribuyentes en 2025, ya que modifican tanto los límites fiscales como las deducciones y las tasas impositivas.

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